SCJN abre la puerta a impugnar megaproyectos sin esperar daño ambiental

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un paso relevante en la defensa de los derechos de las comunidades indígenas al reconocer que pueden acudir a los tribunales para cuestionar normas relacionadas con proyectos de impacto ambiental, aun cuando los daños no se hayan consumado. La resolución surge de un amparo promovido por habitantes mayas de Yucatán contra la norma que regula las granjas porcícolas en la entidad.

El caso fue impulsado por comunidades de Sitilpech, Kinchil y Chapab, que señalaron que la Norma Técnica Ambiental para las granjas porcinas fue elaborada sin un proceso de consulta previa, libre e informada, pese a que sus disposiciones pueden afectar directamente los territorios donde habitan.

Durante la discusión del amparo, la ministra Yasmín Esquivel Mossa consideró que la regulación sí tiene efectos directos sobre las comunidades cercanas a estas actividades productivas, ya que establece las condiciones para la instalación, operación y eventual cierre de las granjas porcinas en el estado.

La resolución no invalida la norma, pero ordena revisar el asunto bajo una perspectiva que garantice el acceso a la justicia de los pueblos indígenas. Con ello, la Corte reconoció que las comunidades tienen interés legítimo para cuestionar disposiciones que podrían afectar sus recursos naturales, su entorno ambiental y sus formas de vida.

El criterio también fortalece el derecho a la consulta indígena, establecido en la Constitución y en tratados internacionales suscritos por México. Las comunidades argumentaron que el crecimiento de las megagranjas ha generado preocupaciones relacionadas con la contaminación, el uso del agua y otros posibles impactos ambientales en sus territorios.

De acuerdo con organizaciones que acompañan el caso, la decisión podría convertirse en un precedente para futuras controversias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, parques industriales, proyectos energéticos y otras actividades de gran escala. El fallo reconoce que las comunidades no tienen que esperar a que ocurra un daño irreversible para buscar protección judicial.

Tras esta determinación, el juzgado federal que conoció originalmente el asunto deberá emitir una nueva resolución que tome en cuenta el interés legítimo de los habitantes de Kinchil y Chapab para impugnar la norma, abriendo una nueva etapa en la disputa legal sobre la regulación de las granjas porcícolas en Yucatán.

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Redacción
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