La Codhey brinda protocolo de acción ante la desaparición de un familiar en Yucatán

Derechos Humanos del Estado de Yucatán impartió el Taller de Sensibilización para la Búsqueda de Personas Desaparecidas.

No hay que esperar 24, 48 ni 72 horas para reportar la desaparición de una persona. La búsqueda puede solicitarse de inmediato y cada minuto, así como cada dato proporcionado por familiares o personas cercanas puede ser importante para orientar las investigaciones.

Esta es una de las principales recomendaciones expuestas durante el Taller de Sensibilización para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, impartido por Minerva Benítez en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (Codhey).

La información proporcionada desde los primeros momentos puede ayudar a establecer líneas de investigación y definir las acciones para localizar a la persona.

En Yucatán, la Comisión Local de Búsqueda de Personas recibe reportes las 24 horas y la búsqueda puede solicitarse inmediatamente después de que se advierte la ausencia de una persona.

Tampoco es necesario esperar a presentar primero una denuncia formal ante la Fiscalía para solicitar la intervención de la Comisión de Búsqueda.

El reporte puede ser realizado por familiares, personas allegadas o las propias autoridades, mediante las vías institucionales disponibles.

Mientras más información se entregue desde el inicio, mayores elementos tendrán las autoridades para orientar la búsqueda.

Entre los datos que conviene tener a la mano se encuentran:

– Características físicas de la persona.

– Señas particulares, como tatuajes, cicatrices, lunares o prótesis.

– La ropa que llevaba cuando fue vista por última vez.

– Padecimientos o condiciones que puedan requerir atención.

– Medicamentos que utilice o necesite.

– Cualquier circunstancia inusual ocurrida antes de su desaparición.

– Información sobre el último lugar donde fue vista y las personas con quienes estuvo o pudo haber tenido contacto.

Cada detalle puede resultar útil para establecer una línea de investigación o definir las primeras acciones de búsqueda.

Durante la capacitación se explicó que existen herramientas que pueden aportar información sobre los movimientos y comunicaciones relacionados con un teléfono celular.

Una de ellas es la sábana de llamadas, que puede incluir los números de origen y destino de las comunicaciones, los horarios, la duración de las llamadas y las antenas de telefonía celular con las que tuvo conexión un dispositivo.

También existen mecanismos de geolocalización.

Sin embargo, el acceso y uso de estas herramientas está sujeto a disposiciones legales, ya que involucra datos personales y aspectos relacionados con la privacidad. Dependiendo del caso, puede requerirse la intervención de las autoridades competentes y control judicial.

Las Comisiones de Búsqueda tienen entre sus funciones coordinar y realizar acciones para localizar a personas desaparecidas o no localizadas.

En Yucatán, la Comisión Local de Búsqueda puede recibir el reporte y comenzar las acciones correspondientes sin que sea necesario esperar determinado número de horas.

Asimismo, las familias tienen derecho a recibir asistencia y acompañamiento durante el proceso de búsqueda, así como a participar en las acciones encaminadas a localizar a su familiar.

También es importante dar seguimiento a las investigaciones, conocer el contenido de las carpetas de investigación y aportar cualquier información, documento o dato que pueda contribuir al esclarecimiento de los hechos.

La recomendación central para quienes enfrentan una desaparición es actuar de inmediato y reunir toda la información disponible.

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Redacción
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