En la Ley Federal de Protección al Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, se reconoce que los pueblos indígenas son titulares de derechos colectivos sobre los elementos que integran su patrimonio cultural, entre ellos su lengua.
El Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) convocó a las comunidades que se identifiquen como mayas en Yucatán, Campeche y Quintana Roo para que se adhieran, si así lo consideran, a dos procedimientos administrativos por el presunto uso indebido de palabras de origen maya en proyectos comerciales, por estimarse que forman parte de su patrimonio cultural colectivo.
La convocatoria fue publicada hoy por segunda ocasión en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Está dirigida a las comunidades que consideren afectados sus derechos por el empleo de las palabras kuxtal, myakaan, mayakaan y ka’an sin autorización del pueblo maya.
De acuerdo con los avisos, las comunidades interesadas tendrán 15 días hábiles, contados a partir de la última publicación (la cual sería mañana), para comparecer ante sus representantes y manifestar si consideran que por el uso de las palabras señaladas, se dañan sus derechos sobre el patrimonio cultural del pueblo maya.
El primer expediente, identificado como DPVDA/PIAPPC/001/2023, deriva de una queja presentada por integrantes del Pueblo Maya y del Gran Consejo Maya en Quintana Roo contra la empresa Altura 1704 Proyectos S. de R.L. de C.V. y Carmen Esther Hernández Villaseñor. La denuncia sostiene que la empresa utilizó la palabra kuxtal sin contar con la autorización del pueblo maya.
El segundo procedimiento, con expediente DPVDA/PIAPPC/002/2024, fue promovido por integrantes del Pueblo Maya contra Desarrolladora Gredos, S.A. de C.V., KL4 Construcciones, S.A. de C.V. y José Antonio Vázquez Cortazar por el presunto uso no autorizado de las palabras myakaan, mayakaan y ka’an.
Como parte de ambos expedientes, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) identificó que las palabras señaladas forman parte del patrimonio cultural del pueblo maya asentado en la Península de Yucatán, con base en el Catálogo de Lenguas Indígenas Nacionales.
Las comunidades que decidan adherirse deberán entregar un escrito firmado o con huella digital por quienes representen sus derechos conforme a sus sistemas normativos.
Entre otros datos, el documento deberá contener:
- Nombre de quien presenta el escrito y de la comunidad que representa.
- Domicilio para recibir notificaciones.
- Número telefónico o correo electrónico, si cuentan con ellos.
- Nombre del representante autorizado para el procedimiento.
- Identificación de la comunidad afectada.
- Una propuesta de solución al conflicto.
- Lugar, fecha y firma o huella.
Los escritos podrán presentarse directamente en las oficinas del Indautor o en cualquiera de las representaciones del INPI en la Península. El Instituto advirtió que quienes no comparezcan dentro del plazo establecido no podrán incorporarse posteriormente al procedimiento.
Los avisos se sustentan en la Ley Federal de Protección al Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Esta reconoce que los pueblos indígenas son titulares de derechos colectivos sobre los elementos que integran su patrimonio cultural.
La legislación establece que dichos derechos son inalienables, imprescriptibles, irrenunciables e inembargables, e incluyen conocimientos, expresiones culturales, medicina tradicional, rituales, ceremonias, procesos y elementos materiales e inmateriales que identifican a cada pueblo.
Asimismo, prevé que un mismo elemento del patrimonio cultural puede pertenecer de manera simultánea a dos o más comunidades indígenas. En esos casos, los derechos deben ejercerse con pleno respeto a la libre determinación y autonomía de cada una.
Incluso, cuando exista desacuerdo entre las comunidades sobre el uso de un elemento compartido, la ley dispone que éste no podrá ser aprovechado por terceros mientras no exista una definición.
En una revisión en internet, aparecieron que con el nombre Kuxtal una firma de productos de limpieza y varios desarrollos inmobiliarios en la Península. Para mayakaan figuran también complejos residenciales y turísticos.
En octubre del año pasado, comunidades mayas en el municipio de José María Morelos, en Quintana Roo, reportaron ante el Indautor la presunta apropiación y uso indebido de su patrimonio biocultural maya. Esto, por el establecimiento, promoción y comercialización del destino turístico “Maya Ka’an”, impulsado por el Gobierno de Quintana Roo.
Además, en 2022 representantes del pueblo maya promovieron un procedimiento administrativo contra Grupo Xcaret por el presunto uso no autorizado de elementos del patrimonio cultural maya en la promoción de sus parques y servicios turísticos.
El caso escaló hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en 2026 dejó sin efectos la suspensión que permitía a la empresa continuar utilizando esos elementos mientras se resolvía el litigio, al privilegiar la protección del patrimonio cultural colectivo. Este litigio obligó a la empresa a suspender la Travesía Maya.






