Hasta 45 años de prisión por transfeminicidio en Yucatán

Penas de hasta 45 años de prisión y multas de hasta 2 mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) se establecen en la reforma que incorpora el delito de transfeminicidio al Código Penal de Yucatán, aprobada por unanimidad en el Congreso estatal.

La sanción podrá incrementarse hasta en una tercera parte de la pena máxima cuando existan circunstancias agravantes, como la participación de dos o más personas en el crimen, amenazas relacionadas con la identidad de género de la víctima o cuando se trate de una menor de edad, una persona con discapacidad o una adulta mayor.

La reforma define el transfeminicidio como la privación dolosa de la vida de una mujer trans o de una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino.

La iniciativa fue promovida por la diputada de Morena Alba Concepción Cortés y contó con aportaciones de colectivos y activistas LGBTTTI, con el objetivo de visibilizar la violencia contra las mujeres trans y establecer herramientas para que las autoridades investiguen estos crímenes con perspectiva de género y respeto a la identidad de las víctimas.

Durante la discusión, la legisladora de Movimiento Ciudadano Larissa Acosta Escalante advirtió que la violencia puede continuar después de la muerte cuando las autoridades desconocen la identidad de las víctimas, las estigmatizan o cuestionan su forma de vida.

“Ninguna víctima es responsable del odio de quien la agrede y ninguna autoridad debe reproducir ese odio al investigar”, sostuvo, al defender la importancia de reconocer el transfeminicidio para que las investigaciones identifiquen los crímenes motivados por la identidad o expresión de género de las víctimas.

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Redacción
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