Es legal circular tu automóvil con placas de otra entidad federativa en Yucatán, pero solamente durante un tiempo determinado de 60 días naturales, el cual lo establece la normativa estatal para las estancias temporales.
Rebasar ese plazo puede generar la obligación de registrar la unidad en el estado; es por ello que si llegaste a Yucatán por trabajo, estudios o cambio de residencia y trajiste tú vehículo, es importante que tomes en cuenta el tiempo máximo en el que puedes circular sin problemas.
Durante esos primeros 60 días naturales el automóvil puede circular y no será sujeto a ninguna infracción siempre y cuando cuente con su documentación vigente y cumpla con las disposiciones del reglamento de tránsito.
Si la estancia del automóvil supera los 60 días naturales, el propietario deberá realizar el trámite de inscripción en el Registro Estatal de Control Vehicular, con el fin de obtener la documentación correspondiente en Yucatán. Esta obligación aplica principalmente para quienes establecen su residencia en el estado o mantienen de forma permanente un vehículo proveniente de otra entidad, ya que de lo contrario se estaría incumpliendo con lo establecido en la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado.
Hay que tomar en cuenta que los vehículos con placas de otros estados sí podrían ser sujetos a sanciones si circulan con documentación vencida, no respetan el reglamento de tránsito local o se cometiera cualquier otra infracción vial.






