Un fallo judicial abrió un nuevo capítulo en el reconocimiento de derechos en Yucatán, al ordenar la expedición de un acta de nacimiento que reconoce la identidad de género no binaria de una persona residente de Mérida, un hecho sin precedentes en la entidad.
La resolución derivó de un juicio de amparo que obligó al Registro Civil de Yucatán a emitir el documento oficial, pese a la ausencia de una regulación local específica sobre identidades no binarias. Con ello, se estableció un criterio que prioriza los derechos humanos por encima de vacíos normativos.
La persona beneficiaria es Betuel Arana, quien recibió el acta que valida legalmente su identidad de género no binaria. Este reconocimiento permitirá ahora la actualización de otros documentos oficiales, como identificaciones y registros administrativos.
El litigio fue impulsado por el abogado Edgar Moo Montalvo, quien explicó que la sentencia reafirma el derecho a la identidad de género como parte del libre desarrollo de la personalidad y de la dignidad humana, sin limitarlo a categorías binarias tradicionales.
De acuerdo con el planteamiento jurídico, la falta de disposiciones expresas en la legislación estatal no puede ser utilizada para negar o restringir el ejercicio de derechos fundamentales, criterio que fue respaldado por la autoridad judicial al conceder el amparo.
Especialistas y activistas consideran que este caso sienta un precedente relevante en Yucatán, al marcar una ruta legal para que otras personas no binarias puedan exigir el reconocimiento de su identidad, y abre el debate sobre la necesidad de adecuar los marcos normativos locales a los estándares de derechos humanos.






